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Página Web para SOFOM ENR

Ley de transparencia pagina web

Las Entidades Financieras, en su página de Internet, deben incluir toda la información de los productos o servicios que ofrezcan al público en general. Debe de contener las comisiones registrados en el RECO,

Debe contener el Costo Anual Total (CAT) vigente siempre que se incorpore cualquiera de los siguientes conceptos: Tasa de Interes, comisiones, bonificaciones en efectivo, montos de los pagos 
periódicos, factores de pago, asi como cuando se menciones adjetivos calificativos que indiquen que cualquiera de los conceptos señalados son mejores o mas competitivos que los de otros productos similares que se ofrecen a los Usuarios en el mercado.

Recomendación agregar el CAT aunque no se tengan simuladores.

El costo Anual Total (CAT):

  • Debe tener una tipografia de por lo menos el 100% del elemento de costo del material publicitario.

  • Debe aparecer en un solo valor y no debera referirse a maximos ni minimos.

  • Debe expresarse en terminos porcentuales redondeando a un decimal.

  • El CAT debe incorporar la leyenda "SIN IVA", despues del valor numérico.

En caso de contar con simuladores, deben calcular el CAT vigente conforme a la información que se esté simulando y revelarlo en los términos que establece el Banco de México. También deben incluir la tasa de interés o descuento, y calcular el esquema de financiamiento y de pago, acorde con las características de la operación o servicio de que se trate incluyendo la tabla de amortizaciones.

Las Entidades Financieras deben dar a conocer al público la existencia del Buró de Entidades Financieras en sus sucursales y página de Internet, en los términos de las Disposiciones de Carácter General para la Organización y Funcionamiento del Buró de Entidades Financieras, que al efecto emita la CONDUSEF, agregando lo siguiente:

Logo Buro de entidades financieras

El artículo 8 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, dispone que “La Comisión Nacional para la Protección y defensa de los Usuarios de Servicios Financieros establecerá y mantendrá un buró de Entidades Financieras”, por lo que se podrá consultar en la página www.buro.gob.mx cualquier información referente a nuestros productos ofertados, comisiones, prácticas, sanciones administrativas, reclamaciones y cualquier información relevante para informar a los Usuarios del desempeño en la prestación de nuestros servicios.

EL BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS es una herramienta de consulta y difusión con la que podrás conocer los productos que ofrecen las entidades financieras, sus comisiones y tasas, las reclamaciones de los usuarios, las prácticas no sanas en que incurren, las sanciones administrativas que les han impuesto, las cláusulas abusivas de sus contratos y otra información que resulte relevante para informarte sobre su desempeño.

Con el Buró de Entidades Financieras, se logrará saber quién es quién en bancos, seguros, sociedades financieras de objeto múltiple, cajas de ahorro, afores, entre otras entidades.

Con ello, podrás comparar y evaluar a las entidades financieras, sus productos y servicios y tendrás mayores elementos para elegir lo que más te convenga.

Esta información te será útil para elegir un producto financiero y también para conocer y usar mejor los que ya tienes.

Este Buró de Entidades Financieras, es una herramienta que puede contribuir al crecimiento económico del país, al promover la competencia entre las instituciones financieras; que impulsará la transparencia al revelar información a los usuarios sobre el desempeño de estas y los productos que se ofrecen y que va a facilitar un manejo responsable de los productos y servicios financieros al conocer a detalle sus características.

Lo anterior, podrá derivar en un mayor bienestar social, porque al conjuntar en un solo espacio tan diversa información del sistema financiero, el usuario tendrá más elementos para optimizar su presupuesto, para mejorar sus finanzas personales, para utilizar correctamente los créditos que fortalecerán su economía y obtener los seguros que la protejan entre otros aspectos.

La siguiente información corresponde únicamente a la entidad financiera y para conocer la información de todo el sector a la que corresponda se podrá acceder al sitio: https://www.buro.gob.mx/general_gob.php?id_sector=69&id_periodo=37

Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y Disposiciones de Carácter General en Materia de Transparencia aplicables a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (SOFOM ENR)

Se debe agregar a la página de internet lo  las siguientes leyendas:
 

  • Para su constitución y operación con carácter de sociedad financiera de objeto múltiple, entidad no regulada, no requieren autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y únicamente está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectos del artículo 56 de la ley General de Organizaciones y actividades Auxiliares del Crédito.

  • Datos de la Unidad Especializada en Atención a Usuarios.

  • Teléfonos y página de Internet de la CONDUSEF.

Tratándose de créditos garantizados a la vivienda, las Entidades Financieras deben incluir en la publicidad impresa y la enviada a través de correo electrónico, así como en su página de Internet, la siguiente frase:
"Es tu derecho solicitar la oferta vinculante para comparar distintas opciones de cré
dito"

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